Asignación retrospectiva del DOI (Identificador del Objeto Digital) a las publicaciones en línea de AEMET

Actualmente se está asignando un número DOI a todas las publicaciones electrónicas que ya estaban editadas por AEMET y que se encuentran disponibles en la página web dentro de la sección “Publicaciones en línea”.

Desde hace unos años ya se está asignando automáticamente un número DOI a todas las publicaciones electrónicas nuevas que se editan. Ahora con este nuevo paso se completa el proceso de tener identificadas todas las publicaciones en línea para garantizar su preservación y acceso.

El número DOI (Digital Object Identifier) es un dígito que identifica de forma unívoca un objeto digital (artículo de revista electrónica, un libro electrónico, capítulo de libro, informe, actas de congresos…) proporcionando, además, información sobre dicho objeto. En caso de que la dirección URL cambie, el objeto podrá ser igualmente identificado.

El DOI está formado por:

  • Un prefijo, que identifica el editor. En el caso de AEMET: 10.31978.
  • Un sufijo, que identifica el objeto digital (tiene una estructura variable, según el editor).

AEMET gestiona la asignación del número DOI a través de la Agencia de Registro Acreditada CrossRef. El servicio de Biblioteca se encarga de gestionar y tramitar el DOI

Utilidades:

·         Buscar y encontrar un documento en Internet, garantizando que siempre esté disponible.

·         Identificar de forma unívoca un contenido electrónico.

·         Citar recursos científicos y describir objetos digitales.

·         Ser un vínculo estable y permanente para su localización.

Ventajas:

·         Asegurar el acceso directo y estable de forma permanente al recurso electrónico que identifica, aunque cambie su dirección de Internet.

·         Incrementar la visibilidad de las publicaciones científicas, aumentando el nivel de citación, ya que permite su rápida identificación y acceso.

·         Permitir la interoperabilidad con otras plataformas, repositorios o motores de búsqueda.

Acerca de aemetblog

La Agencia Estatal de Meteorología sucedió en 2008 a la entonces Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, con más de 150 años de historia. Actualmente está adscrita, según el artículo 4.4 del Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica, a ese departamento ministerial a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente. El objeto de AEMET, según el artículo 1.3 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero por el que se aprueba su Estatuto, es el desarrollo, implantación, y prestación de los servicios meteorológicos de competencia del Estado y el apoyo al ejercicio de otras políticas públicas y actividades privadas, contribuyendo a la seguridad de personas y bienes, y al bienestar y desarrollo sostenible de la sociedad española". Como Servicio Meteorológico Nacional y Autoridad Meteorológica del Estado, el objetivo básico de AEMET es contribuir a la protección de vidas y bienes a través de la adecuada predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos adversos y como soporte a las actividades sociales y económicas en España mediante la prestación de servicios meteorológicos de calidad. Se responsabiliza de la planificación, dirección, desarrollo y coordinación de actividades meteorológicas de cualquier naturaleza en el ámbito estatal, así como la representación de éste en organismos y ámbitos internacionales relacionados con la Meteorología.
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