
Los fenómenos meteorológicos que puedan afectar a la seguridad de las personas y a los bienes materiales se denominan fenómenos meteorológicos adversos. Se considera fenómeno meteorológico adverso a todo evento atmosférico, capaz de producir, directa o indirectamente, daños a las personas o daños materiales de consideración. En sentido menos restringido, también puede considerarse como tal cualquier fenómeno, susceptible de alterar la actividad humana de forma significativa en un ámbito espacial determinado.
El Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (Meteoalerta) pretende facilitar la mejor y más actualizada información posible sobre los fenómenos atmosféricos adversos que se prevean, con un adelanto de hasta 72 horas, así como mantener una información puntual de la evolución de los mismos, una vez que se ha iniciado su desarrollo.
Se considera aviso de fenómeno meteorológico adverso, en adelante aviso, a la unidad mínima de información definida y emitida de conformidad con este Plan cuando se prevea o se observe que se alcancen o superen los umbrales establecidos en una determinada zona de aviso para los siguientes fenómenos meteorológicos: lluvias, nevadas, vientos, tormentas, temperaturas máximas, temperaturas mínimas, fenómenos costeros, polvo en suspensión, aludes, galernas en el área Cantábrica y norte de Galicia, risagas en Illes Balears, nieblas, deshielos, olas de calor, olas de frío y tormentas tropicales.
Un aviso consta de una información fija que incluye la fecha y hora de inicio, fecha y hora de fin, valor (expresado en la unidad que corresponda al parámetro y comprendido entre los umbrales del correspondiente nivel), nivel del aviso, probabilidad, indicador de previsto/observado y comentarios.
Con el fin de ofrecer la información más adecuada posible y en armonía con los criterios europeos comunes, se contemplan cuatro niveles básicos, a partir del posible alcance de determinados umbrales. Estos umbrales se han establecido con criterios climatológicos cercanos al concepto de “poco o muy poco frecuente” y de adversidad, en función de la amenaza que puedan suponer para la población. Las denominaciones, significados y recomendaciones a la población de los niveles son los siguientes:
. Nivel amarillo
El peligro es bajo, pero los bienes y la población vulnerables o en zonas expuestas al FMA
podrían sufrir algunos impactos.
Recomendación: ESTÉ ATENTO. Manténgase informado de la predicción meteorológica más
actualizada. Se pueden producir daños moderados a personas y bienes, especialmente
aquellos vulnerables o en zonas expuestas al fenómeno.
Nivel naranja
El peligro es importante. Los bienes y la población vulnerables o en zonas expuestas podrían
sufrir impactos graves.
Recomendación: ESTÉ PREPARADO. Tome precauciones y manténgase informado de la
predicción meteorológica más actualizada. Se pueden producir daños graves a personas y
bienes, especialmente aquellos vulnerables o en zonas expuestas al fenómeno.
Nivel rojo
El peligro es extraordinario. Los bienes y la población vulnerables o en zonas expuestas
podrían sufrir impactos muy graves o catastróficos.
Recomendación: Tome medidas preventivas y ACTÚE según las indicaciones de las
autoridades. Manténgase informado de la predicción meteorológica más actualizada. No viaje
salvo que sea estrictamente necesario. Se pueden producir daños muy graves o catastróficos
a personas y bienes, especialmente aquellos vulnerables o en zonas expuestas al fenómeno.
Los periodos preferentes de emisión de avisos son (hora oficial peninsular):
- 07:30 a 09:00: avisos para el día de hoy (D)
- 10:00 a 11:30: avisos para mañana (D+1) y pasado mañana (D+2)
- 21:00 a 23:00: revisión de todos los avisos
- 21:00 a 23:50: avance para D+3
No obstante, estos son solo periodos preferentes de emisión, pues, en función de la situación y si se cumplen las condiciones de generación de avisos, estos pueden emitirse a cualquier otra hora.
En ocasiones, la coincidencia de determinadas variables atmosféricas, su intensidad, la duración en el tiempo o su ocurrencia en épocas de marcada importancia social pueden justificar la emisión de “avisos especiales”. Estos complementan y son coherentes con el resto de avisos de este Plan y hacen una llamada a la población para que se preste una atención muy especial a la evolución meteorológica.
Los avisos se distribuyen directamente a diversos organismos e instituciones del Estado, entre
ellos las Autoridades responsables de Protección Civil,Son éstas las que se encargan de estudiar cada situación y de declarar la PREALERTA o ALERTA por fenómenos meteorológicos adversos. Puede ocurrir incluso que los avisos no coincidan con los decretos de situaciones de prealerta y alerta.
No siempre los avisos y las alertas van de la mano. AEMET puede emitir un aviso naranja por fuertes vientos a más de 1.400 metros de altura y la administración no decretar una alerta por entender que a esa altura no afecta a la población.
Además, cada administración puede decretar sus propias alertas en función de la zona de su competencia. Las alertas se decretan teniendo o no, como referencia, a los avisos y dependiendo de su nivel. Afectan en mayor o menor medida a los ciudadanos.
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Magnífica explicación. Gracias
Reblogueó esto en Aemetblogy comentado:
No siempre los avisos y las alertas van de la mano. AEMET puede emitir un aviso naranja por fuertes vientos a más de 1.400 metros de altura y la administración no decretar una alerta por entender que a esa altura no afecta a la población.
A eso le llamo yo, dejar las cosas bien claras. Gracias por esta magnífica explicación.